Derecho de usufructo
El derecho de usufructo es aquel que permite a una persona disfrutar de un bien sin ser su propietario. De esta forma la propiedad pertenecerá al llamado nudo propietario, y el usufructuario será la persona que disfruta del uso y de las ventajas de dicha propiedad. Tendrá el derecho de disponer del rendimiento que los bienes usufructuados produzcan, pero no podrá enajenar ni modificar los bienes del usufructo sin consentimiento expreso del dueño. Como principal obligación del usufructuario, deberá incurrir en los gastos que el mantenimiento del bien exija.
El propietario puede vender el bien objeto del usufructo, cambiando la propiedad de este, pero el usufructuario seguirá teniendo el derecho de uso y disfrute del bien. El derecho de usufructo se da normalmente por transmisión a causa de fallecimiento. En estos casos, es el cónyuge viudo quien disfruta del usufructo de un tercio de la herencia. Si el fallecido no tiene descendientes, recibirá la mitad de la herencia en condición de usufructo. La extinción del usufructo en las herencias será cuando el cónyuge fallezca. De esta manera, se asegura que este pueda disfrutar de por vida de los bienes comunes que pertenecían al matrimonio.






