El Impuesto de Sucesiones y Donaciones
El impuesto de Sucesiones y Donaciones (ISD) es un impuesto de naturaleza directa, complementario al IRPF (Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas), que grava los aumentos patrimoniales obtenidos por personas físicas a título lucrativo. Los incrementos patrimoniales recibidos por personas jurídicas no estarán sujetos a dicho impuesto.
Cuando una persona fallece y deja sus bienes a otros, éstos deben primeramente pagar este impuesto para hacerse legalmente con la herencia o legado. Asimismo, al recibir una donación que supere determinado importe, también será necesario entregar al Estado cierta parte de la misma mediante este impuesto.
El ISD lo pagan todos aquellos que reciban algo en herencia, ya sea por ser heredero o por haber recibido un legado por parte del fallecido. Por otra parte, conviene especificar que los herederos pueden ser los que señale el testamento o, en su defecto, la ley. Durante los últimos años, este impuesto ha sido objeto de controversia, puesto que se han dado muchos cambios desiguales entre las Comunidades Autónomas españolas referentes a las cantidades a pagar y a las deducciones. Esto es debido a que este impuesto está cedido por el Estado y, por lo tanto la capacidad normativa pertenece únicamente a cada una de las Comunidades Autónomas.
En este apartado podremos conocer las características principales de este impuesto:






