Cobertura de reembolso de gastos
Por esta cobertura la empresa aseguradora le provee el reembolso de facturas y gastos que sean resultado de la asistencia sanitaria por enfermedad o accidente. Puede existir la posibilidad tanto, de hacer uso de los servicios de asistencia médica por medio de las clínicas y hospitales que mantienen convenios con la aseguradora, como también la libre elección del asegurado de hacerse atender por el profesional que desee. Cabe la aclaración de que en caso de libre elección del profesional, la compañía establecerá los limites de retribución. Entre las diferentes formas de reembolso se encuentran:
1. Reembolsos Completos
Por medio de la forma de reembolso completo, la aseguradora se hará cargo de los gastos originados por:
- Consultas
- Gastos de estudios clínicos
- Electros
- Ambulancia
- Gastos hospitalarios (de habitación, profesionales, enfermería,…)
Para que se produzca el reembolso de estos servicios, será condición necesaria que las mismas hayan sido prescritas por un médico profesional.
2. Reembolsos hospitalarios
Se hacen los reembolsos necesarios al asegurado por los servicios de internación en establecimiento sanitario debido a motivos de tratamiento médico. Para que se produzca el reembolso de servicios debe ser condición necesaria que la internación haya sido determinada por un profesional de la salud. Entre algunos de los gastos que esta cobertura abarca encontramos:
- Gastos de habitación
- Enfermería
- Médicos cirujanos, ayudantes y demás personas que intervienen en la asistencia
- Medicamentos.






