Comunicado de accidentes o siniestros a la aseguradora

Cuando se produce un accidente o siniestro, el asegurado deberá de realizar un comunicado de accidentes. El procedimiento de acctuación que se deberá de seguir al respecto será el descrito a continuación:

Primero, se deberá comunicar el acontecimiento del siniestro dentro del periodo establecido en el contrato de seguro (normalmente hasta 7 días después de ocurrido el accidente). Si este hecho no fuera comunicado dentro del periodo establecido, la aseguradora podrá hacer reclamación de daños y perjuicios por falta de comunicado o desconocimiento.

Deberá prestarse a la compañía toda clase de información necesaria que acredite el siniestro ocurrido, como por ejemplo: asistencia médica, evolución de las lesiones producidas en el siniestro, entre otras. Cabe aclarar que la compañía obliga al asegurado a someterse a una prueba de reconocimiento de las lesiones, a realizarse por médicos designados por la empresa.

Por último, ante toda la información enunciada anteriormente deberá hacerse entrega de los siguientes documentos a la compañía de seguros:

  • Fotocopia o copia del pago de la última cuota a la compañía aseguradora.
  • Copia o fotocopia del contrato de seguro junto a las coberturas contratadas, al igual que las modificaciones, en caso de haberlas
  • La compañía hará los estudios e informes necesarios y determinara conforme a los resultados, el grado de invalidez.
  • Ante el fallecimiento del asegurado se deberá presentar: partida de defunción y nacimiento, certificado de últimas voluntades, testamento o acta judicial de herederos.