Seguro de motos

El seguro de motos en España se ha establecido por el gobierno como de carácter obligatorio, más allá de que para la mayoría de las compañías asegurar un ciclomotor, moto o cuadriciclo les produce un riesgo importante, ya que los siniestros en esta categoría de vehículos se han convertido en algo habitual.  Entre las coberturas más comunes para los conductores de motocicletas encontramos:

 

 

Seguro de responsabilidad Obligatoria
Es la cobertura establecida por ley de carácter obligatorio. El propietario de cualquier vehículo a motor de dos ruedas deberá contratar este seguro. En caso contrario, si la autoridad policial encontrase que el vehículo en cuestión no posee cobertura, el titular deberá pagar las multas correspondientes (que llegan hasta los 3000 euros) además de afrontar la responsabilidad en juicio penal ante el juez competente.

 

El seguro de responsabilidad obligatoria garantiza la cobertura a todos los daños (corporales o materiales) causados por el titular a terceras personas. Cabe aclarar que este seguro, al ser contra terceros, no cubrirá los daños causados en el propio vehículo o cuerpo del titular, o bien de los familiares hasta un tercer grado. Entre las situaciones amparadas por el seguro de responsabilidad obligatorio encontramos:

 

  • Por daños corporales hasta un monto de 350.000 por víctima.
  • Por daños en bienes materiales hasta 100.000 euros por siniestro.
  • Gastos de asistencia médica hasta la cura de las lesiones resultantes por el siniestro.
  • En caso de fallecimiento del tercero el pago ilimitado de gastos de funeral y entierro.

 

Exclusiones:

La cobertura quedara sin efecto en los casos de:

 

  • Conducción bajo efectos del alcohol o drogas al momento de suceder el siniestro.
  • Daños causados con un vehículo robado.
  • Daños causados a cónyuge, hijos o parientes de hasta tercer grado.