Seguro de perros y su obligatoriedad
En España el seguro de perros es solo de carácter obligatorio en las Comunidades de Madrid y País Vasco. En lo que respecta al resto de las comunidades autónomas, solamente será obligatorio para los perros de una determinada raza o con una serie de características que hagan considerar al can de carácter potencialmente peligroso.
La legislación española, mediante la ley 50/1999 de 23 de Diciembre, establece como obligatorio el seguro de animales para aquellos que reúnan una serie de características que hacen considerarlo como “animal potencialmente peligroso”. Si bien esta ley hace referencia tanto a animales domésticos como no, en estado de cautividad en domicilios o recintos privados; con respecto a los canes establece lo siguiente:
Serán considerados como canes potencialmente peligrosos todos aquellos que reúnan las siguientes características:
- Fuerte musculatura, aspecto poderoso, robusto, agilidad, resistencia.
- Pelo corto.
- Cabeza de gran volumen, robusta, cráneo ancho y grande.
- Mandíbula fuerte, grande, ancha y profunda.
- Perímetro torácico comprendido entre 60 y 80 centímetros, altura a la cruz entre 50 y 70 centímetros y un peso superior a 20 kilos.
- Carácter marcado y gran valor.
- Cuello ancho, musculoso y corto.
- Pecho ancho, grande y macizo, lomo musculado y corto.
- Extremidades anteriores paralelas rectas y robustas; extremidades posteriores muy musculosas, con patas relativamente largas formando un ángulo moderado.
Vale destacar que la ley también hace referencia a una serie de razas que son consideradas dentro de esta categoría. Entre ellas encontramos:
- Pit bull terrier
- Staffordshire Bull Terrier.
- American Staffodshire Terrier.
- Rottweiler.
- Dogo Argentino.
- Fila Brasileiro.
- Tosa Inu.
- Akita Inu.
Además de lo expuesto anteriormente, la ley establece que el propietario de un perro considerado “potencialmente peligroso” deberá:
- Inscribir el animal en el ayuntamiento más próximo a su domicilio.
- Obtener licencia administrativa para la tenencia del animal.
El caso de Madrid y País Vasco
En el caso de las comunidades autónomas de País Vasco y Madrid, se ha establecido el seguro para perros de carácter obligatorio a toda clase de can, sin hacer distinción alguna. De esta manera, toda persona que posea un perro, sin importar su contextura, carácter o raza deberá contratar un seguro de responsabilidad civil que cubra los daños que el animal pueda causar a otra persona o bienes de ésta.






