Seguro del Conductor del coche

Este tipo de cobertura está pensada para cuando un conductor tiene un accidente y además, es culpable de ello. Si el individuo tiene contratada esta póliza, ésta lo indemnizará en caso de muerte, lesiones físicas, o asistencia sanitaria necesaria para su atención médica.

Aunque no es muy apropiado hacer comparaciones entre objetos y personas, el seguro del conductor para las personas es lo mismo que la cobertura de daños propios para los coches.

Para recibir esta indemnización es absolutamente imprescindible que no exista un tercero culpable, y que quien condujese el vehículo en el momento del accidente sea el mismo que figura en las condiciones particulares de la póliza como tal.

Es entonces cuando surge otra pregunta: ¿Están protegidos los demás ocupantes del vehículo? Los pasajeros del vehículo son considerados terceros por lo que será el seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria el que, como mínimo, los cubra. En muchos casos también el seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria le ofrecerá este tipo de cobertura.

 

 

Caso de un tercero culpable
Cuando es una tercera persona la culpable del accidente, el conductor del vehículo asegurado se convierte en un perjudicado más, por lo que será el seguro de Responsabilidad Civil Obligatoria el que le cubra cuando menos. En muchos casos también el seguro de Responsabilidad Civil Voluntaria ofrecerá esta cobertura. Eso sí, siempre aquellos de la póliza del conductor culpable.

 

 

Muerte
La cantidad de dinero que nos pagará la aseguradora en caso de muerte es muy voluble y depende de la cuantía del seguro. Esta información se puede encontrar en las Condiciones Particulares de la Póliza. La indemnización por muerte es la mayor que se puede recibir.


Lesiones físicas concretas
En los casos de lesiones físicas concretas, la compañía indemnizará con un tanto por ciento respecto del máximo percibido por muerte.  Es importante especificar que en esta cuestión se encuentran abarcados los casos, como por ejemplo, de amputación de miembros, tetraplejias y muchas más. Cabe hacer la aclaración de que no existe una regla predeterminada, y cada compañía aplicará un determinado porcentaje al tipo de lesión abarcado por la póliza contratada.


Indemnizaciones especiales
Algunas aseguradoras introducen cláusulas específicas para casos especiales. Por ejemplo, aumentar la indemnización al conductor si en el accidente han muerto el conductor y el cónyuge, o en el caso de gran invalidez.  Asimismo, muchas compañías introducen indemnizaciones en este tipo de cobertura por otro tipo de percances que puedan producir lesiones en el conductor (atropellos como transeúnte, accidentes sufridos como ciclista).


Asistencia sanitaria
En esta cobertura se incluye todo aquello que esté relacionado con ingresos en el hospital. Son las aseguradoras quienes los pagan y no la Seguridad Social como piensa mucha gente. Por ello en caso de accidente es posible acudir tanto a hospitales de la red pública como de la privada.

Lo único que hay que saber es la cantidad de dinero que nos proporcionará la compañía. Esto vendrá especificado en las condiciones particulares, pues como siempre, variará en función de la aseguradora, que impondrá topes tanto de dinero como de tiempo.

En caso de superarse dichos topes, será el usuario quien pague el exceso. Aunque cabe precisar que la Seguridad Social no suele reclamar ese dinero al asegurado.

Por último, se debe especificar que existen ciertos tipos de asistencia sanitaria que no entran en esta cobertura. Por ejemplo, la cirugía estética, aparatos ortopédicos o prótesis.