Cobertura de grandes daños
La cobertura de grandes daños está pensada para indemnizar al asegurado cuando su vehículo ha quedado muy dañado. Para ello el coche debe ser declarado en “grandes daños”. Los detalles relacionados con la declaración de este concepto vienen incluidos en la letra pequeña.
Además de esta declaración especial, será necesario que no exista ningún tercero al que responsabilizar, así como que los daños sufridos por el vehículo no sean imputables a ninguna otra cobertura. Esta cobertura solo cubre daños materiales del vehículo del asegurado.
Es importante no confundir esta cobertura con la de siniestro total, aunque lo cierto es que algunas compañías los asimilan.
Declaración de grandes daños
El procedimiento habitual suele ser considerar el coche con “grandes daños” cuando el coste de la reparación sobrepase un determinado porcentaje del capital asegurado. Cabe aclarar que entendemos por “capital asegurado” al valor del vehículo mas el valor de los accesorios no de serie , si estos han sido correctamente añadidos en las condiciones particulares de la póliza. Así decimos entonces que este porcentaje oscilará dependiendo de la antigüedad del vehículo.
Un ejemplo: imaginemos que nuestro vehículo vale 10.000 euros (es decir un capital asegurado de 10.000 euros). Durante el primer año de matriculación, se consideran grandes daños aquellos cuya reparación supere el 80 % del capital asegurado, es decir, si sobrepasa los 8.000 euros.
Estos porcentajes varían en función de la antigüedad del vehículo y de la compañía. Así, cada aseguradora establecerá sus propios porcentajes. Por ello, una vez más, será cada asegurado quien tenga que consultar su propia póliza para saber qué porcentajes se le aplicarán.
Cuantía de la indemnización
Una vez que nuestro vehículo ha sido declarado con grandes daños, debemos saber cuánto dinero nos corresponde cobrar por el accidente.
Las compañías que no asimilan esta cobertura con la de siniestro total, establecen sus propias tablas de indemnizaciones.
El procedimiento habitual es similar al explicado anteriormente. Poniendo el mismo ejemplo que en el caso anterior, es decir, nuestro vehículo cuesta 10.000 euros. Durante el primer año de matriculación, la compañía pagará el 70 % del capital asegurado por concepto de grandes daños. Recibiríamos, pues, 7.000 euros.
Una vez más, los porcentajes variarán en función de la compañía y habrá que tener en cuenta que en muchos casos las compañías harán todo lo posible para que el vehículo no sea declarado con “grandes daños”, puesto que de esta forma se ahorrarán mucho dinero. Por ello conviene llevar siempre el coche a un taller de confianza, un derecho que le es concedido al asegurado por ley.
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