Efecto de la quiebra sobre los acreedores

A continuación expondremos como afecta la quiebra al total de los acreedores. Para ello analizaremos el principio de igualdad, las obligaciones solidarias, la modificación de los creditos, la problemática de la compensación y los efectos sobre los contratos pendientes.


Principio de igualdad

Este principio queda desplazado en el caso de quiebra, en la medida en que los acreedores quedan convertidos en una masa. La masa está compuesta por acreedores previos a la declaración de quiebra, estos a su vez reconocen los créditos que puedan intervenir en la misma.



Obligaciones solidarias

Se conocen dos formas de obligaciones solidarias, las cuales son las siguientes:

 

  • Cuando se trata de un obligado solidario, no tiene los mismos efectos que los demás que tienen obligaciones directas
  • Se puede establecer la totalidad de todas las quiebras que involucren a varios deudores solidarios


Modificación de los créditos

Una vez declarada la quiebra, pueden ocurrir modificaciones dependiendo del tipo de crédito que interviene en la misma. Estas modificaciones pueden ser:

 

  • Los créditos que no son dinerarios quedan convertidos en dinerarios.

  • Se terminan primero aquellos créditos que fueron aplazados y se les hace el descuento conveniente.

  • Tan pronto como es declarada la quiebra, los intereses de los créditos dejan de producirse. Sin embargo, esto no sucede con todos los tipos de créditos, como es el caso de los hipotecarios.



Problemática de la compensación

Para mantener el principio de la igualdad en la quiebra, no habrá indemnización en el caso de que la persona sea al mismo tiempo deudor y acreedor.



Efectos sobre los contratos

Las entidades de gestión y aquellas que representan a la quiebra, tienen la opción de continuar o finalizar el contrato pendiente. Sin embargo, existen las siguientes excepciones:

 

  • Deja de existir el contrato a razón de la quiebra comisionista.
  • La póliza de seguro no expira automáticamente a causa de la quiebra del titularen cuestión
  • Con relación al contrato de trabajo, no termina tras la quiebra del empleador involucrado