Concurso del acreedor

Derecho concursal

Según la legislación y el ordenamiento español, el derecho concursal es aquel que regula la Ley concursal del 9 de julio de 2003, que se refiere al debido procedimiento a seguir en caso de declaración de insolvencia económica. A este procedimiento se le conoce como el concurso del acreedor y tiene como fin que se cumplan con las obligaciones adquiridas.

 


Concurso del acreedor

El concurso del acreedor implica un proceso de declaración del concurso, el cual consta de los siguientes pasos y sus respectivos procedimientos:

a. Declaración del concurso

En el caso de que el acreedor desee solicitar la declaración del concurso debe dirigirse ante un juzgado mercantil, el cual es el ente competente que se encarga de la normatividad del tema. Sin embargo, hay que tener en cuenta que la solicitud también puede ser voluntaria por parte del deudor, de presentarse esta situación, la persona que se declara insolvente debe demostrarlo y para ello requiere de la ayuda de los acreedores. Esta parte del procedimiento se conoce como el concurso necesario, y a la declaración espontánea se la conoce como concurso voluntario.

b. Negociación

Mediante el concurso se lleva a cabo una negociación, en la cual salen a relucir los siguientes temas: 

  • Naturaleza de la solicitud
  • Origen de la solicitud
  • Adquisición de todas las deudas
  • Fechas de vencimiento de las deudas

 

c. Nombramiento del administrador del concurso

Una vez dictada la declaración del concurso por parte del juez, se pasa al nombramiento de la persona que deberá administrar el concurso. Pasados dos meses, el administrador del concurso está en la obligación de informar el análisis económico que se le hizo al deudor. Este informe debe presentarse mediante un documento que contiene los siguientes datos:

  • Listas de los acreedores
  • Las diferentes propuestas con las que se puede llegar a un acuerdo entre las partes principales
  • Registro de los bienes que hacen parte de la masa patrimonial

 

d.  Convenio

El convenio es el resultado del acuerdo al que llegaron los acreedores y la autoridad, quienes tienen la competencia judicial para hacerlo. Por medio del convenio se regulan ciertas limitaciones. Por lo general las limitaciones tienen que ver con los plazos y con las disminuciones que puede tener la deuda. A menudo, el plazo no es superior a los 5 años y las disminuciones no superan el 50% de la deuda involucrada.


e. Liquidación

Después de contar con el informe y los respectivos datos que en él se encuentran, se pasa a la liquidación en el caso de que no se pueda mantener el patrimonio. Se trata de la liquidación de la masa patrimonial a favor de los acreedores de las deudas.


f. Conclusión

En la conclusión se verifica si se cumplieron todas las obligaciones acordadas, además de las obligaciones se examinan las actuaciones de las partes que intervinieron en el concurso. Se finaliza el proceso del concurso con la confirmación de la viabilidad del mismo, por medio de la cual se dice sí se cumplió o no con el concurso del acreedor.